Pensión Familiar

La PENSIÓN FAMILIAR, tal y como está creada en la Ley 1580 del 2012, es aquella que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización o aportes de cada uno de los cónyuges o cada uno de los compañeros permanentes, cuyo resultado es el cumplimiento de los requisitos establecidos para la pensión de vejez en el régimen de prima media con prestación definida o régimen de ahorro individual y de conformidad con lo establecido en la Ley 100 de 1993. 

1. Pensión familiar en el régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS: Fondos privados de pensiones)
Aunque resulte difícil de creer, la pensión familiar, tal y como está contemplada en la Ley, es mucho más fácil de acceder estando afiliado a un fondo privado de pensiones, que estando afiliado a Colpensiones (Seguro Social), ya que son exigidos muchos menos requisitos para acceder a esta. 

Requisitos para acceder a la PENSIÓN FAMILIAR EN EL RAIS:

1.La pareja (Esposos – compañeros) deben contar con la edad mínima para acceder a la pensión de vejez, es decir, hasta el año 2013 las mujeres 55 años de edad y los hombre 60 años; a partir del año 2014 la edad mínima para las mujeres es de 57 años y para los hombres de 62.

2. No contar (De manera independiente) con el capital suficiente para financiar una pensión mínima de pensión de vejez.

3. No contar (De manera independiente) con el número de semanas necesarias para acceder a la garantía de pensión mínima, es decir, 1150 semanas cotizadas.

4. Acreditar más de 5 años de relación conyugal, y que esta haya iniciado antes de haber cumplido 55 años de vida cada uno.

5. Sumar entre ambos (cónyuges o compañeros) el capital necesario para financiar una pensión de salario mínimos, o las semanas necesarias para acceder a la garantía de pensión mínima.

6. Para acceder a esta, es requisito indispensable, el no gozar de ningún otro beneficio económico ni pensión alguna. 

2. Pensión familiar en el Régimen de Prima Media (Colpensiones – antes Seguro Social) 


Los requisitos para acceder a la pensión familiar para las personas que están afiliadas a Colpensiones (Anteriormente el Seguro Social), son un poco más extensos y difíciles de alcanzar, ya que se excluye a una gran parte de la población del país de escasos recursos. 
Requisitos PENSIÓN FAMILIAR en el Régimen de Prima Media:

1. La pareja (Esposos – compañeros) deben contar con la edad mínima para acceder a la pensión de vejez, es decir, hasta el año 2013 los hombres deben tener 60 años y las mujeres 55; a partir del año 2014 los hombres deben contar con 62 años y las mujeres con 57.

2. Acreditar más de 5 años de relación conyugal, y que esta haya iniciado antes de haber cumplido 55 años de vida cada uno.

3. Los cónyuges o compañeros permanentes, deberán sumar, entre los dos, como mínimo, el número de semanas exigidas para el reconocimiento de la pensión de vejez requeridas de manera individual.

4. La pensión familiar será concedida dando aplicación a la Ley 100 de 1993, aunque alguno de los cónyuges o compañeros permanentes sea beneficiario del régimen de transición.

5. Para acceder a esta, es requisito indispensable, el no gozar de ningún otro beneficio económico ni pensión alguna.

6. Solo podrán ser beneficiarios de la Pensión Familiar, en el Régimen de Prima Media, aquellas personas que se encuentren clasificadas en el SISBEN en los niveles 1 y 2.

7. Para acceder a la Pensión Familiar, cada beneficiario deberá haber cotizado a los 45 años de edad, el veinticinco por ciento (25%) de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez de acuerdo a la ley.

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